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Las astreintes provisionales en el centro de resolución alternativa de controversias.

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoIdioma: Español Tema(s): Recursos en línea: En: Gaceta judicialResumen: Los árbitros tienen poder de dictar astreintes provisionales para hacer cumplir sus laudos en los procesos arbitrales en el CRC, siempre que la pena pecuniaria sea a favor de un tercero y que las partes en el arbitraje lo hayan previsto.
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Bibliografía : página 65.

Los árbitros tienen poder de dictar astreintes provisionales para hacer cumplir sus laudos en los procesos arbitrales en el CRC, siempre que la pena pecuniaria sea a favor de un tercero y que las partes en el arbitraje lo hayan previsto.

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