Barreras en mercado de seguros / Fundación Economía y Desarrollo

Aboga por la modificación del artículo 4 de la Ley 126 de Seguros Privados para que exista libertad plena en la contratación de seguros en el extranjero. Señala que resulta muy negativo que una emparesa dominicana o extranjera radicada en el país, que desee asegurarse con una empresa de seguros en el exterior, que no está autorizada a operar en República Dominicana, no puede hacerlo porque la ley vigente se lo prohibe


Seguros.