000 01114nab a2200265 a 4500
001 C00072969c-5
003 DO-SdBDB
005 20230317143241.0
008 151002s20152015dr ar n r 0 0spa d
040 _aDO-SdBDB
_bspa
_cDO-SdBDB
041 _aspa
043 _adr
060 0 0 _aBED15-16
100 1 _aDelgado, Esteban.
245 1 3 _aLa pensión no se pierde :
_bel dinero es del empleado.
520 3 _aSi el trabajador incurriere en falta grave en una empresa y lo despiden, puede que pierda su derecho a censatía, y hasta puede ser sometido a la Justicia, de acuerdo con la falta. Sin embargo, no pierde el dinero acumulado en su fondo de pensión. Ese dinero sigue acumulando intereses hasta que el trabajador tenga el tiempo requerido por la ley para su retiro.
610 2 _aRepública Dominicana. Policía Nacional.
650 _aFondos de pensiones.
650 _aLegislación social.
650 _aSeguridad social.
650 _aPensiones de jubilación.
651 _aRepública Dominicana.
773 0 _tEl Dinero : sección Finanzas
_b1(6),
_d9-15 mar, 2015 p. 23
942 _cAPP
999 _c114832
_d114832